Subvención PYMETUR de Andalucía 2026: la guía completa
La Junta de Andalucía prepara una de las líneas de ayudas más potentes de los últimos años para el sector turístico: la subvención PYMETUR, destinada al crecimiento, la competitividad y la consolidación de las pequeñas y medianas empresas turísticas andaluzas. Cofinanciada con fondos FEDER de la Unión Europea dentro del Programa Andalucía FEDER 2021-2027, cubre hasta el 100% de la inversión con un máximo de 220.000 euros por solicitante.
En esta guía resumimos, de forma clara y práctica, todo lo que un propietario de vivienda turística, hotelero, restaurador o gestor de una actividad turística necesita saber para no dejar pasar esta oportunidad. Al final te explicamos por qué el factor tiempo es decisivo.
Qué es la subvención PYMETUR
PYMETUR es una subvención a fondo perdido (no se devuelve) gestionada por la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior de la Junta de Andalucía. Su objetivo es que las empresas turísticas puedan afrontar las inversiones de modernización, sostenibilidad y accesibilidad que muchas veces resultan inasumibles sin apoyo público, dada la estacionalidad y la limitada capacidad financiera del sector.
Se enmarca en el régimen de minimis (límite acumulado de 300.000 € en tres años) y, como novedad respecto a convocatorias anteriores, se concede en régimen de concurrencia no competitiva: no compites contra otros proyectos por una nota, sino que si cumples los requisitos y hay crédito disponible, la ayuda es tuya.
Qué financia: los tres tipos de proyecto
PYMETUR subvenciona proyectos desarrollados en establecimientos situados en Andalucía que encajen en una o varias de estas tres líneas:
- Mejora y modernización de los establecimientos e instalaciones: obras, reforma, acondicionamiento y equipamiento que supongan un salto cualitativo (no simple mantenimiento).
- Sostenibilidad y adaptación al cambio climático: medidas para reducir emisiones y consumos, eficiencia energética, energías renovables, ahorro de agua y economía circular.
- Mejora de la accesibilidad: intervenciones para que los espacios y servicios sean usables por todas las personas, incluida la accesibilidad cognitiva.
Cuánto puedes recibir
La ayuda alcanza el 100% del coste subvencionable, con estos límites:
- Máximo: 220.000 € por persona solicitante.
- Mínimo del proyecto: 25.000 € para viviendas de uso turístico, alojamientos turísticos en medio rural y hostelería; 50.000 € en el resto de proyectos.
Ten en cuenta el límite de minimis: la ayuda concedida, sumada al resto de ayudas de minimis de los tres años previos, no puede superar los 300.000 €.
Quién puede solicitarla
Pueden ser beneficiarias las pymes turísticas (autónomos y empresas de menos de 250 trabajadores) que desarrollen su actividad económica en Andalucía y que, con carácter general, cumplan:
- Tener la condición de pyme.
- Estar dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
- Estar inscritas o anotadas en el Registro de Turismo de Andalucía antes de la publicación de la convocatoria.
- Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
Se incluyen viviendas de uso turístico, alojamientos rurales, hoteles y hostelería, actividades deportivas, ocio, balnearios y spas, intermediación turística, transporte turístico y turismo cultural o idiomático. En el caso de las viviendas de uso turístico hay dos requisitos adicionales: estar inscritas antes del 31 de enero del ejercicio de la convocatoria y acreditar al menos seis meses de funcionamiento.
Gastos subvencionables (y los que no)
Entran, entre otros: obras de construcción y reforma, instalaciones de accesibilidad y de mitigación de emisiones, adquisición de equipamiento, instalaciones técnicas y de seguridad, asistencia técnica y redacción del proyecto, y certificaciones de calidad y sostenibilidad.
No se financian: la compra de inmuebles o terrenos, licencias y tasas, seguros, gastos financieros ni sanciones. Ampliamos este punto en gastos subvencionables y consejos para maximizar la ayuda.
Por qué el tiempo lo es todo
Al ser una subvención de concurrencia no competitiva, el crédito se reparte por orden de presentación hasta agotarse. Esto cambia por completo la estrategia: no gana quien tiene el mejor proyecto sobre el papel, sino quien lo presenta bien y a tiempo. Los propietarios que lleguen al primer día de convocatoria con la memoria, los presupuestos y la documentación listos parten con una ventaja enorme.
Por eso, aunque las bases estén en borrador, el momento de empezar a trabajar es ahora.
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Preguntas frecuentes
¿La subvención PYMETUR hay que devolverla?
No. Es una ayuda a fondo perdido: no se devuelve siempre que ejecutes y justifiques correctamente el proyecto. Funciona por reembolso de los costes efectivamente pagados, por lo que documentar bien cada gasto es clave.
¿Puedo pedirla si ya he empezado las obras?
Es posible: el proyecto puede haberse iniciado antes, pero no puede estar finalizado en el momento de presentar la solicitud. Conviene revisar tu caso cuanto antes.
¿Cuándo se abre el plazo?
Las bases están en fase de borrador. El plazo lo fijará la convocatoria oficial en el BOJA. Como se concede por orden de solicitud, recomendamos tener todo preparado antes de esa fecha.
¿Necesito un abogado para solicitarla?
No es obligatorio, pero el procedimiento es electrónico y exige una memoria técnica, presupuestos y documentación específica. Un error de forma o de plazo puede costarte la ayuda, especialmente cuando el crédito se agota por orden de llegada.